viernes, 14 de junio de 2013

¡Acabamos el curso con el derecho procesal y una representación teatral!

En esta entrada, os explicaremos brevemente de que trata el derecho procesal y os contaremos de que iba la representación en la que hemos participado todos los compañeros de clase tanto como técnicos, como parte mas importante de la representación.

Es derecho público porque rige en su acepción amplia las diferentes competencias de los órganos estatales para la creación de normas jurídicas y los procedimientos normativamente establecidos para la validez formal de las nuevas normas. Así existen:

 a) Un Derecho Procesal Constitucional para la modificación de las constituciones.
b) Un Derecho Procesal Legislativo para la creación de leyes.
 c) Un Derecho Procesal Administrativo para poner en ejecución un proceso administrativo. En sentido restringido es el derecho que rige la organización y competencia de los Tribunales de justicia, así como la actuación del juez y las partes en la tramitación de los procesos (juicios).

Por otra parte, el derecho procesal es el instrumento para hacer efectivo el cumplimiento del derecho material. Este ayuda a lograr que se cumpla, aunque sea forzadamente, el precepto del derecho material que se ha trasgredido.

El derecho procesal se estructura en torno a tres conceptos básicos:

1.       La jurisdicción es la función que tienen los tribunales de justicia de conocer, sentenciar y ejecutar lo sentenciado en los conflictos que sean sometidos a su decisión.

2.       La acción es el medio por el cual una persona insta a la jurisdicción que se pronuncie sobre un asunto y otorgue efectiva y justa tutela jurisdiccional. La acción compete al derecho que tiene el ciudadano de pedir tutela jurídica ante el Estado.

3.       El proceso es el medio a través del cual se ejerce la Jurisdicción. Se trata de un medio de resolución de conflictos heterocompositivos, en el que el órgano jurisdiccional (tercero) entra a dirimir-resolver la controversia jurídica existente entre dos partes procesales. Por el contrario, el Procedimiento es el conjunto de actuaciones judiciales que tienen como objeto la efectiva y justa realización del derecho material, podríamos decir que el Procedimiento es la andadura material del Proceso (en las explicaciones de Derecho siempre se pone como ejemplo ferroviario, el Proceso serían la locomotora que para llegar a su fin (aplicación del Derecho) se traslada a través de las vías (Procedimiento).


La única fuente del Derecho Procesal viene constituida por los actos legislativos emanados de las Cortes generales, esto es, la Constitución y las normas con rango de Ley. Esto no quiere decir que se excluyan completamente las demás fuentes del Derecho, como son la costumbre y los principios generales del Derecho. En primer lugar la costumbre, aunque residualmente podría constituir fuente del Derecho (hay alguna remisión a la misma en las leyes procesales). Por otra parte, los principios generales del Proceso son fundamentales, de hecho, en España, se encuentran constitucionalizados y por ello deben inspirar todas las actuaciones procesales y la posible interpretación de la norma procesal.


¡Y ahora pasamos al teatro!



Para finalizar el año, todos los compañeros de clase, hicimos una representación teatral, la cual trataba sobre un juicio de un caso adolescente.
La representación constaba de 3 partes:

1. La fase inicial, donde los 3 moderadores llevaban a cabo una presentación, en la que explicaban brevemente quien formaba el tribunal de justicia (juez, fiscal, abogado defensor, secretaria..) y hacían una serie de preguntas a una juez real, la juez del juzgado de lo penal nº3 de Orihuela, Nerea Cavero Sedano, la cual respondió a todas las preguntas muy amablemente.

2. La fase intermedia o la representación en si, donde los compañeros y compañeras actuaron y hicieron sus papeles como auténticos juezes, fiscales, abogados, secretarios, agentes judiciales, testigos, acusado y victima... reales.

3. La fase final, donde esta vez fue el publico el que realizo unas preguntas a la juez Nerea, y donde presentamos y dimos una placa conmemorativa a la Excelentísima Señora Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Y lo dicho, para finalizar, os dejamos con unas cuantas imágenes del teatro, muchas gracias por leer nuestro blog y hasta pronto.










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